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Declaracion de la Fed. Indigina MASTA
Los amigos de Federacion Indigena MASTA nos estan solicitando apoya
para distribuir la siguiente declaracion.
DECLARACION PUBLICA
A los:
" Señor Presidente de La Republica, Licenciado Ricardo Maduro Joest,
" Señor Presidente de Congreso Nacional de la Republico, Ingeniero
Porfirio Lobo Sosa,
" Señora Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Abogada Vilma
Morales
" Señor Ministro de Gobernación y Justicia Abogado Jorge Hernández
Alcerro.
" Señor Fiscal del Ministerio Publico, Abogado Ovideo Navarro
" Señor Ministro de Instituto Nacional Agrario, abogado Erasmo
Portillo
" Señor Gerente General de AFE COHDEFOR, Ingeniero Gustavo Morales.
" Señor Director del Proyecto Biosfera de Río Plátano, Ingeniero
Medardo Caballero.
" Señor Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Doctor Ramon
Custodio
" Los Señores del Consejo Indígena Centro Americano
" Organización internacional de Trabajo OIT, San José de Costa Rica.
" Indian Law resource Center, Washington DC.
" Corte interamericana de Derechos Humanos
" Programa de Las Naciones Unidas para el Desarrollo.
" CARC
" PAATH
" UNESCO
" GTZ
" AMUGAD
Así mismo a la opinión publica nacional e internacional, hacemos del
conocimiento la presente Declaración Publica.
En la comunidad de Cocobila, Municipio de Brus Laguna, Departamento
de Gracias a Dios al primer día del mes de abril del año
Dos Mil Cuatro, siendo las ocho de la mañana, reunidos en el local
que ocupa el Centro Básico ¨Pedro Nufio¨, por una parte lideres
comunales, miembros de las comunidades de los Municipios de Brus
Laguna y Juan Francisco Bulnes, y por convocatoria de la organización
Miskita Asla Takanka (MASTA), todos con el propósito de analizar y
discutir sobre el Proyecto de Ley que se refiere a la regularización
de la propiedad predial que se ejecuta PAATH en coordinación con el
Ministerio de Gobernación y Justicia, y con el Proyecto Biosfera de
Río Plátano y la Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal (AFE-
COHDEFOR), que se ha iniciado en algunas de las comunidades indígenas
particularmente en la Biosfera de Río Plátano, mismo que consideramos
violatorio a los principios y derechos indígenas adquiridos y
debidamente reconocidos por el Estado de Honduras, formulamos la
presente declaración:
DECLARACIÓN DE LA BIOSFERA DE RIO PLATANO
CONSIDERANDO:
Que en nuestra Constitución Política y Convenio 169 de la
Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y
Tribales, Ley modernización y Desarrollo del Sector Agrícola, el
Proyecto de Ley de Regularización de la Propiedad, el Plan de Manejo
Global de la Reserva del Hombre y la Biosfera del Río Plátano (RHBRP)
y en el más reciente Informe de Monitoreo de la UNESCO sobre la
RHBRP, en el Título de Traspaso INA a AFE-COHDEFOR, Decreto Ley 170-
97, se reconoce la existencia de los pueblos indígenas y negros, que
gozan de los derechos, deberes y garantías consignados en tratados
internacionales, y en especial los de mantener y desarrollar su
identidad y cultura, tener sus propias formas de organización social
y administrar sus asuntos locales, así como mantener las formas
comunales de sus tierras y territorios y el goce, uso y disfrute de
las mismas.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Gobernación y Justicia, la Administración
Forestal del Estado (AFE), el Proyecto Biosfera del Río Plátano, el
Banco de Reconstrucción Alemán, la Agencia de Cooperación Técnica
Alemana (GTZ) y la empresa consultora GFA-terra systems han iniciado
de manera inconsulta y sospechosa el Catastro y Regularización de la
Tenencia de la Tierra en las comunidades indígenas y nativas de la
zona cultural de la Reserva del Río Plátano, bajo la modalidad de
parcelas individuales, en detrimento a los derechos que como pueblos
nos asiste en cuanto a la titulación de las tierras y territorios,
incluyendo los recursos naturales contenidos en los ecosistemas
acuáticos y terrestres que son parte de nuestro hábitat funcional.
CONSIDERANDO:
Que con la burocracia y la falta de voluntad política, la AFE-
COHDEFOR y el Proyecto Biosfera han mostrado una deficiencia en el
manejo y protección de la Reserva, ya que desde que se les asignó la
responsabilidad de administración y desarrollo sostenible de la
Reserva se ha incrementado de forma acelerada el avance del proceso
de colonización y apropiación de las tierras y territorios de los
pueblos indígenas y negros .
CONSIDERANDO:
Que con este proyecto a ejecutarse en nuestra zona, lo que se
pretende es garantizar la propiedad individual especialmente a favor
de los ocupantes ajenos de nuestros pueblos indígenas y negros lo que
causaría en un futuro no muy lejano el despojo de nuestras posesiones
históricas y el desequilibrio ecológico legitimándose de esta
manera un delito ambiental el cual se ha venido practicando de manera
constante con la parcimonia de las autoridades.
POR TANTO:
Resolvemos en el uso de nuestras facultades y en aplicación de lo
estipulado en Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales y la
Constitución de la Republica:
(a) Rechazar las actividades del Catastro y regularización de la
tenencia de la tierra, con un enfoque de parcelas individuales que se
prevén, e informamos que nuestras comunidades no brindarán ninguna
información, ya que esta iniciativa constituye otra burla del Estado
de Honduras, al cumplimiento del instrumental jurídico vigente, en
torno a los derechos de los pueblos indígenas y negros, que manda la
titulación de las tierras y territorios
(b) Exigir al gobierno de Honduras, que cumpla con los compromisos de
regularización, catastro y registro de las tierras y territorios
indígenas y negros, tomando como base las recomendaciones de los
estudios científicos que se han hecho en 1992, por MASTA-MOPAWI y en
2002, por CARC-PNUD-AFE-PROBAP; en el entendido que la propiedad
comunal la constituye las tierras, aguas y bosques que han
pertenecido tradicionalmente a las comunidades, las que son
inalienables; no pueden ser donadas, vendidas, embargadas ni
gravadas, y son imprescriptibles; cuyos derechos de propiedad sobre
las tierras comunales pertenecen en forma colectiva a las comunidades
indígenas, y los miembros de las comunidades o conjunto de
comunidades tienen derecho de ocupación y
usufructo de acuerdo a las formas tradicionales de tenencia de la
propiedad comunal.
(c) Demandar el pleno dominio y control efectivo y permanente de los
recursos naturales de las comunidades contra invasiones, depredación
e incendios forestales, incluyendo planes de conservación y manejo
para cada una de las tierras comunales o intercomunales, así como el
establecimiento de una estructura social que velará por el
cumplimiento de normas consuetudinarias y otras que considere
pertinente para defender y gestionar un ordenamiento de nuestro
territorio.
(d) Exigir el respeto a la Constitución y al Articulo 6 del Convenio
169 mismo se refiere al derecho que tienen los pueblos indígenas de
ser consultados respeto a cualquier decisión administrativa o
legislativa susceptible de afectar sus intereses y Articulo 14
referente a que se establezcan las medidas necesarias a fin de
garantizar la protección efectiva de sus derecho de propiedad y
posesión.
(e) Que se nos considere una audiencia en el transcurso del presente
mes de abril el ano 2004 con el Ministro de Gobernación y Justicia a
efecto de discutir la problemática y búsqueda de soluciones en la
cual recomendamos la participación de representantes de AFE-COHDEFOR,
INA, Fiscalia, Procuraduría y otras instituciones con intereses en la
zona para lo cual si la intención con los proyectos promovidos por
PAATH y la Secretaria de Gobernación insisten en la prevaricación al
no cumplir lo estipulado por la Convención Internacional desde ya
anunciamos que nos reservamos el derecho de agotar las instancias
necesarias nacionales e internacionales a fin de que nos respeten
nuestros derechos debidamente reconocidos.
Pasan firmas ..............
AURELIO RAMOS ALLEN
PRESIDENTE DE MASTA
SERENA TRAPP QUIN
SECRETARIA